El conflicto inició cuando un pasajero ocupó un asiento reservado para personas con discapacidad, mujeres embarazadas o adultos mayores. El guardia de seguridad le solicitó amablemente desocuparse, advirtiendo que estos sitios están destinados a quienes más lo necesitan. La tensión empezó a subir cuando empezó la negativa del hombre a obedecer.
Escalada verbal frente a testigos
Según relatan usuarios testigos, el guardia le explicó claramente que su lugar era para personas con necesidades especiales y que podría enfrentar sanción. El pasajero, lejos de cooperar, respondió con un tono desafiante y presuntamente empujó o al menos confrontó físicamente al guardia. Enseguida, intercambiaron insultos y amenazas.
El guardia repitió frases como:
“Perro que ladra no muerde”
“Mide tus palabras idiota, mídelas porque te puedo romper el hocico”
También le recordó que al hallarse en una zona federal, incumplir las normas podía ser considerado falta o delito. El afirma: “Para tu mala suerte, yo soy el encargado de seguridad y si no me obedeces, tengo toda la autoridad para bajarte del tren”.
¿Qué dice el reglamento?
El reglamento del Tren Insurgente es claro: los espacios reservados deben respetarse. Según la Regla 7, las personas con discapacidad o movilidad reducida “preferentemente deben ubicarse en el espacio destinado dentro del tren”. Además, se prohíbe el ingreso de armas, consumo de alimentos/bebidas y comportamientos que alteren la convivencia o seguridad.
Aunque no se especifican sanciones por agresiones verbales, cualquier altercado puede derivar en denuncia ante las autoridades correspondientes. Además, usuarios en redes sociales cuestionaron que el guardia pudiera estar incurriendo en amenazas con sus palabras.
¿Qué sanciones aplican?
De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la CDMX, ocupar un asiento reservado sin necesidad puede derivar en:Arresto de 25 a 36 horas12 a 18 horas de trabajo comunitarioMulta de 21 a 30 UMAs
Por otro lado, la CDMX contempla penas por violencia a la paz pública:
El Artículo 362 del Código Penal estatal establece pena de 2 a 7 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años si se perturba el orden público en espacios colectivos mediante violencia.
En este caso, al tratarse del Tren Interurbano México–Toluca, se considera vía federal, lo que podría implicar intervención de entidades federales o cívicas, especialmente si hay agravantes como amenazas o agresión física.